miércoles, 30 de mayo de 2012

AUDITORIA EXTERNA DEL SPA LIBERTÈ



AUDITORIA EXTERNA DEL SPA LIBERTÈ


Se establecerá un sistema de gestión de calidad con el fin de mejorar el servicio ofrecido a los clientes y mejora su nivel de satisfacción. Este modelo de gestión deberá ser flexible para adaptarse a las nuevas demandas de los clientes. El objetivo final es incrementar el volumen de clientes, promover su fidelizaciòn, motivar al personal para optimizar los recursos, prevenir riesgos, disminuir los costes y hacer promoción del establecimiento.
El personal del spa  prestara   su ayuda al cliente en todo momento, resolviendo sus dudas y recogiendo sus sugerencias con el fin de facilitar el intercambio de información y la comunicación con el mismo.


1.         auditoría externa se utilizara el modelo completo de la administración estratégica en donde se van a:
1.1)     Generar, evaluar y seleccionar estrategias de la empresa.  Estas estrategias deben ser  financieras, marketing, Sistemas de Información Gerencial.

ESTRATEGIAS FINANCIERAS:
Se previó un incremento en función de la capacidad del centro y de recursos humanos del spa liberté
Ø  Packs: Se calculo un incremento del 19% para el primer año.
Ø  Cabinas: Se calculo un incremento del 19% para el primer año.
Ø  Zona colectiva: Se calculo un incremento del 30% para el primer año.
Ø  Venta de productos: Se calculo un incremento del 24% para el primer año.
Ø  Socios: Se calculo un incremento del 19% para el primer año.
  • Se pretendió hacer una reducción de los costos alrededor del 15% para el primer año para ello, la evolución de los costes fijos es básica en una empresa de estas características para realizar este análisis se tuvo en cuenta los siguientes aspectos:
ü  Necesidad de contrataciones presentes y futuras.
ü  Incremento del coste salarial.
ü  Necesaria para la actividad.
  • Como gastos variables se contabilizaron las compras, las cuales se calcularon a partir de la previsión del ingreso y se desglosaron en función de cada servicio,
v  Un 13% para la zona colectiva.
v  Un 23% para la zona individual.
v  Un 18% para los socios.
v  Un 28% para la venta de productos.
  • Se manejaron precios bajos alrededor del 3% por debajo de los que tenía la competencia.
  • Durante los primeros meses de la actividad de la empresa, se hizo un desembolso cuantioso con el objetivo de darla a conocer a los potenciales clientes, ya que se estaba hablando de una empresa de nueva creación.
  • Los acuerdos de colaboradores con otras empresas complementarias e incluso con proveedores es una estrategia interesante en este sector ya que perite:
o   Ampliar gama de servicios.
o   Retroalimentación: detección de nuevas oportunidades de negocios.
o   Ser competitivo en precios.
o   Abrir nuevos mercados.


ESTRATEGIAS ME MERCADO:
Por el hecho de trabajar directamente en contacto con el público, se enfoco en prestar un excelente servicio y dar un trato correcto y amable a los clientes. Para conseguirlo fue importante causar buena impresión desde la primera toma de contacto hasta la atención dentro del centro.
Con el fin de posicionarse en la mete del cliente LIBERTÈ llevo a cabo las siguientes medidas:
  • ·         Creación de un club de socios y un carnet mensual, cuyos miembros podrán tener una serie de beneficios (servicios).
  • ·         Ofrece packs de tratamientos.
  • ·         Se ofreció la posibilidad de regalar a alguien especial un día de gratificación para su cuerpo. Ya sea en cumpleaños, aniversario, san Valentín, día de la madre o del padre, o dar un incentivo a un trabajador de una empresa.
  • ·         Se realizaron promociones con el objetivo de dar a conocer los servicios por lo que se establecieron dos tipos de acciones:
  • ·         Paquete económico: se estableció un descuento de un 3% e todos los tratamientos del spa por persona para aquellas personas que quisieran probar os servicios.
  • ·         Se ofrecieron bonos para un número determinado de sesiones y cuota mensual.
Estas técnicas de promoción supucieronn para el cliente un ahorro y para la empresa constituyeron una forma de captar y fidelizar clientes.

Los medios convencionales que se llevaron a cabo son:
v  Realizar una campaña de radio: ésta fue fuerte al inicio, decreciendo su intensidad a medida que pasa el tiempo hasta convertirse en un mero recordatorio. Se realizaron una serie de spots en radios locales, tanto en horario de mañana como de tarde los dos primeros meses y tendrán una duración de 10 segundos. El resto del año se bajará la intensidad de los mismos.

v  Presencia en periódicos de tirada local.
v  ya que dará prestigio, publicidad (en la página Web de la asociación como Spa recomendado), posibilidad de formación (cursos, seminarios, ferias,…).
Los medios no convencionales que se utilizaron son:
Ø  Buzoneo: se realizo al comienzo, coincidiendo con la puesta en funcionamiento del negocio y durante todo el primer mes para poder llegar a un mayor público.
Ø  Se poso una valla publicitaria durante un mes en la entrada de la ciudad, por ser una zona muy transitada.
Ø  Creación de la página Web de la empresa. En ella se dio a conocer los servicios que se van a ofrecer. Además se incluyo la posibilidad de solicitar las citas a través de ella, información acerca de las promociones y descuentos, bolsa de trabajo, un foro para opiniones, cuestiones y sugerencias.


ESTRATEGIAS DE SIG
Los sistemas de información aportaron un enorme valor a LIBERTÈ, ya que permite especializarse en determinadas áreas demandadas por los clientes. El desarrollo, implementación y perfeccionamiento de los SIG doto a la empresa de mejores armas para competir en el mercado, al tiempo que generó barreras de entrada a nuevos competidores.
Los SIG permitieron la diferenciación y mejoro la competitividad, garantizando la productividad de la empresa, la gestión y la dirección del negocio. Cabe aclarar que fue un proceso un poco tedioso ya que se tuvo que integrar a toda la organización y esto llevo un poco de trabajo.
Para ello se utilizo ordenadores para la gestión del SPA y unas impresora, teléfonos celulares y fijos.
Fue importante contar con una página Web bien diseñada en la que se muestra el centro y los servicios que ofrece.
Se utilizo un software llamado CMR, SAP y el ERP.


1.2) Medir y realizar la evaluación del desempeño que hayan tenido cada una de las áreas de la empresa.
Los puestos de trabajo que se crearon en la empresa determinaron la categoría profesional de cada una de las personas que los desarrollen, así como su retribución.
El perfil de las personas a contratar será muy variado en función de los puestos a cubrir.
A continuación se enumerarán los requisitos, a priori, exigidos en cada uno de los puestos creados:

Gerente: Persona entre 30 y 40 años. Tenía que tener las siguiente cualidades personales: persona con facilidad para las relaciones sociales, con carácter abierto, amable, con capacidad de liderazgo, flexibilidad, empatía, responsable, con gran autocontrol de si mismo y de las situaciones en las que pueda verse sometido tanto como trabajador o como responsable de una empresa.
Al hacer su evaluación del desempeño se estimo que cumplió con el 95% de sus funciones lo cual le permite destacarse en este primer año.

Fisioterapeutas: Persona joven de entre 20 y 30 años. Fue valorable el curso de especialista en fisioterapia termal y balneoterapia, así como experiencia y conocimiento del sector y formación complementaria. Entre las cualidades personales debía destacar las siguientes: capacidad de trabajo en equipo, responsabilidad, autocontrol, paciencia y trato personalizado a clientes.
Cumplió con el 86% de su trabajo, ya que le es indispensable seguir capacitándose y aprender nuevas técnicas  de fisioterapia lo cual se estima lograr en el transcurso del nuevo año con las capacitaciones que se le dará al personal para que se especialice un su área.

Dietista: persona joven de entre 25 y 35 años de la que ya se comentó la formación anteriormente. Las cualidades personales que debía reunir son: capacidad de trabajo en equipo, responsabilidad, autocontrol, paciencia y trato personalizado a clientes.
Cumplió con el 100% de su labor ya que es una persona sumamente capacitada e instruida en su campo.

Recepcionistas: Personas jóvenes, de entre 18 y 30 años. Se valoro la posesión del Ciclo Formativo de Grado Medio de Estética Personal Decorativa o el Ciclo de Grado Superior de Estética. Del mismo modo, se le exigió manejo del paquete office a nivel usuario y fue valorable el conocimiento de idiomas. Las características personales que debía reunir fueron: capacidad de trabajo en equipo, responsabilidad, autocontrol, paciencia y trato personalizado a clientes.
Cumplió en un 100% persona eficiente y eficaz.

Masajistas: Su selección la realizo conjuntamente con el gerente y el fisioterapeuta. Para desempeñar este puesto fue obligatoria la posesión del título homologado de masajista, valorándose positivamente la experiencia y conocimiento del sector, además de la formación complementaria en la materia. Las cualidades personales que debía reunir fueron: capacidad de trabajo en equipo, responsabilidad, autocontrol, paciencia y trato personalizado a clientes.
Cumplió con un 90% de su desempeño. Hay falencias en el aprendizaje de nuevas técnicas de masajes las cuales se cubrirán en las siguientes capacitaciones que se realizaran.

Limpieza/ mantenimiento: Persona con, al menos, el graduado escolar y experiencia demostrable en puesto similar. Las cualidades personales que debía reunir fueron: capacidad de trabajo en equipo, responsabilidad y capacidad de adaptación.
Desarrollo el trabajo en un 98% falta hacer más énfasis en conseguir un ayudante ya que la labor que se realiza es sumamente importante, pues por esta se ve la imagen que refleja el spa.



2 DESARROLLAR UN ANÁLISIS DE LOS OBSTÁCULOS EN LA PLANEACIÓN ESTRATÉGICA ENFOCÁNDOLOS AL SPA LIBERTÉ.
2.1 Utiliza la planeación estratégica para tener el control de las decisiones y los recursos.
Es indispensable que la planeación estratégica este enfocada en tener el control de las decisiones que se tomaran en la organización y en lograr tener un manejo óptimo de los recursos que tiene la organización.

2.2 Realizar la planeación estratégica solo para satisfacer una acreditación o cumplir con requisitos de la regulación.
Este es un error imperdonable que lo organización no se puede dar el lujo de cometer, pues la planeación la planeación estratégica es quizás la herramienta administrativa más importante, de la que depende el éxito de cualquier empresa.

2.3 Pasa con demasiada rapidez de la definición de la misión a la formulación de la estrategia.
Primero témenos que observar cuáles son nuestras debilidades y fortalezas para de acuerdo a ello formular las estrategias. La empresa fija sus objetivos, sus metas,  y luego debe planear cómo cumpliros, que hacer para lograrlos, y eso es básicamente la planeación estratégica.

La planeación supone la necesidad de anticipar el futuro, anticipar los riesgos, los beneficios, las oportunidades, las falencias, para con base a ellos fijar un plan para actuar en función de lo previsto y así aprovechar al máximo las oportunidades detectadas y evitar los riesgos, o por lo menos mitigar sus consecuencias.
Es por lo anterior que la planeación estratégica es una herramienta imprescindible no sólo para la empresa sino para la vida personal, puesto  que si se quiere avanzar ya sea profesionalmente, económicamente o personalmente, es necesario trazar objetivos, planes, estrategias que al final nos llevarán a conseguir lo que se pretende. La planeación estratégica es válida y necesaria en cualquier campo, aunque a veces lo olvidamos, o lo recordamos pero ignoramos que eso se llama planeación estratégica.

2.4 No cumplir el plan a los empleados y dejar que sigan trabajando sin saber nada.
Los empleados deben saber cuál es su roll en la organización para que fueron contratados por ello es importante asignarles un manual de funciones y de procedimientos y evaluar y verificar que sus procesos los están ejecutando de acuerdo a como la organización así lo prescribe.
2.5 Que la administración tome demasiadas decisiones intuitivas que entren en conflicto con el plan formal.
En un mundo donde todo está en constante cambio es muy difícil tomar decisiones solo esperando a que tengamos el total de la información que se requiere para ejecutar un movimiento pertinente, pero tampoco tenemos que tomar decisiones apresuradas sin al menos haber hecho un análisis externo de lo que esta pasando actualmente a nuestro alrededor. Por ello la organización tiene que estar enterada de todo lo que representa su entorno como es lo relacionado a lo económico, político, legar, cultural, ambiental, social y competitivo. Factores que se deben tener en cuenta a la hora de realizar estrategias.



2.6 Que la administración no apoye activamente el proceso de planeación estratégica.
La administración debe y es su legítima obligación apoyar el proceso de planeación estratégica. La ejecución eficiente de un plan estratégico es lo que permite a la empresa incrementar su rentabilidad y mejorar su desempeño. La Planeación  provee un marco común para comunicar la estrategia a lo largo y ancho de la organización, medir el desempeño de los objetivos e iniciativas y determinar relaciones causa-efecto. De igual forma permite la visibilidad y comprensión de la contribución estratégica de cada persona de manera individual y a la vez como parte de un área o departamento.
Esta solución, automatiza los procesos de gestión de la Planeación Estratégica de tal manera que permite enfocar la atención de los ejecutivos en los puntos que requieren inmediata atención, optimizando así el trabajo de los ejecutivos y los tiempos de respuesta. Más aún, combina capacidades de Inteligencia de Negocios con metodologías comúnmente usadas para la Planeación para fortalecer el sistema de toma de decisiones, contribuyendo activamente a la implementación de las mismas y asegurando la alineación de todos los proyectos del plan estratégico global.

2.7 No utilizar planes como una pauta para medir el desempeño.
Asignando roles y responsabilidades de las metas y objetivos es como los integrantes de la organización pueden administrar su contribución y entender mejor su rol dentro de la ejecución de la estrategia, supervisar sus objetivos, indicadores e iniciativas. Ya que un plan estratégico muestra un panorama claro de la visión de la empresa para ejecutar exitosamente las iniciativas y obtener resultados exitosos, aún cuando los objetivos sean difíciles de lograr.

2.8 Delegar la planeación en una sola persona en vez de comprometer a todos los gerentes.
La planeación no se puede delegar a una sola persona de la organización, este es un trabajo donde se tiene que integrar y participar todo el personal que conforma la organización; pues de esto depende conocer y desarrollar a fondo las estrategias que se utilizaran para que la organización obtenga el éxito sostenido a través de la mejora continua.
2.9 Implementar que los empleados claves participen en todas las fases de la planeación.
Es indispensable que todo el personal de la organización participara en la planeación estratégica, ya que a pesar de que esta es dirigida por la alta dirección depende de la comprensión de toda la organización para que tenga el éxito esperado.











miércoles, 25 de abril de 2012

LOS SISTEMAS INFORMÁTIVOS EN LAS PYMES


LOS SISTEMAS INFORMATIVOS EN LAS PYMES

Es importante que en las organizaciones que son relativamente pequeñas se realice una plantación de los sistemas informativos, que resultan de vital importancia para poder llevar a cabo las actividades a las que nos dedicamos. Las PYMES en vista de que son organizaciones por así decirlo pequeñas no se deben dar el lujo de quedarse atrás de las tecnologías que se implementan en las organizaciones; ya que estas hacen que sean competitivas en el mercado pues se agilizan todos los procesos que se realizan el las organizaciones.

Es por este motivo que se tiene que diseñar las estrategias que se han de utilizar para poner en marcha estos sistemas en la empresa. La planificación de los Sistemas informativos, se entiende como un procedimiento sistemático de toma de decisiones sobre que hacer con los sistemas de información en el futuro. La responsabilidad de desarrollar el plan de TI/SI recae fundamentalmente en la dirección de la empresa con la participación de un responsable de cada área funcional y del departamento técnico, con la finalidad de que este integrado por un equipo que represente a todas las áreas de la empresa.

Cuando se ha formado el equipo de trabajo y se ha comprometido toda la organización con el esfuerzo de planificación, el primer paso consiste en describir la situación actual de la compañía en dos dimensiones: el negocio y los sistemas existentes. En esta fase se definen las funciones del negocio para poder identificar las necesidades de información. Aquí es donde se describe a la organización y al sistema de información existente.

Después se lleva a cabo la planificación propiamente dicha, donde se llevan a cabo las siguientes actividades: Documentar las necesidades de información de cada una de las funciones del negocio. Identificar las necesidades que no son cubiertas o parcialmente cubiertas por los sistemas actuales. Formular propuestas de actividades que influyan directamente en las líneas estratégicas de la empresa y estimar el costo aproximado de la alternativa elegida. El resultado es una serie de acciones de TI/SI a realizar.


Donde se buscaran e implementaran los mejores sistemas que ayuden a  la organización a ser mas competitiva.


En conclusión Las PYMES deben mejorar su habilidad para tratar con el continuo cambio, aumentando su capacidad de respuesta a las necesidades de sus clientes e invirtiendo en nuevos tipos de activos cruciales para la flexibilidad y la competitividad a largo plazo. Probablemente el cambio más importante en la estrategia de las PYMES sea la necesidad de un mayor énfasis en la inversión en activos (tecnología, entrenamiento para emplazarse en un SIG, desarrollo de mercados y software). 


  

ANÁLISIS DOFA DEL SPA LIBERTÉ


miércoles, 11 de abril de 2012

SPA LIBERTÉ


INTRODUCIÓN: El mercado de la salud y de la belleza esta creciendo aceleradamente en todo el mundo, especialmente en Colombia; donde aun le queda mucho trayecto por recorrer.
Hoy en día nadie duda que vivimos en una sociedad estresada por el trabajo, las cargas financieras, la ansiedad en relación con la familia y los amigos, por ello las personas busca dedicar mas tiempo a su persona para buscar tranquilidad, meditación, ver y sentirse bien.   Lo que ha generado que los negocios dedicados al cuidado de la salud y la belleza tengan un gran auge; hasta se puede hablar de competividad en este sector. Por lo cual SPA le otorgue cierto valor al producto que ofrece, ya que el cliente busca constantemente nuevas experiencias, lo que hace que la organización busque estrategias de diferenciación con la meta de ofrecer productos únicos en el mercado.

RAZON SOCIAL: SPA LIBERTÉ Ltda.

LOGOTIPO:

ORGANIGRAMA DEL SPA LIBERTÉ

HORARIO DE FUNCIONAMIENTO:
El SPA estará abierto de lunes a sábado de 8:00 AM a 8:00 PM horas, ininterrumpidamente.
 
UBICACIÓN:
País: Colombia
Departamento: Meta
Ciudad: Villavicencio
Barrio: la esperanza 2da etapa
Dirección: calle 21 A ESTE 14C17 MZ U casa # 29

MISIÓN: La misión de SPA LIBERTÉ es, brindar un excelente servicio de calidad, bienestar y armonía para ayudar a nuestros clientes lograr la relajación, vitalidad que necesitan. En un buen ambiente de trabajo para nuestro personal y con una orientación a lo más avanzado en tecnología logrando así una mejora continúa para la empresa como para el cliente. 

VISIÓN: Ser uno de los mejores SPA a nivel nacional ofreciendo el servicio de manera eficaz y eficiente a  nuestros clientes, satisfaciendo necesidades mutuas para la sustentabilidad de una larga relación de mutuo beneficio.

OBJETIVO: Ser el primer y mas eficiente SPA ofreciendo un servicio integral a sus clientes.

OBJETIVOS ESPECIFICOS:
Ø  Prestar un servicio altamente profesional suministrando el mejor trato a nuestros clientes.
Ø  Brindar a nuestros clientes la sensación del bienestar.
Ø  Ofrecer al cliente el mejor personal calificado y las mejores instalaciones.

VARIABLES:
Servicio Profesional
Bienestar
Ambiente Moderno
Calidad- Variedad y Servicio

LAS ESTRATEGIAS: Los puntos débiles de la competencia serán nuestras oportunidades, donde nos enfocaremos para convertirlas a nuestro favor con el objetivo de obtener una verdadera ventaja competitiva.

Se implementara una página Web con el propósito de que los clientes puedan tener acceso a todo lo relacionado con la empresa  los servicios que se manejan, los horarios, citas previas etc.

Y lo más importante es que se manejaran los mejores precios del mercado sin olvidar la calidad y la innovación en cada uno de los servicios que se  prestaran.

VALORES
ü  Calidad en el servicio
ü  Innovación
ü  Profesionalismo
ü  Seguridad
ü  Honestidad
ü  Respeto a uno mismo
ü  Tolerancia
ü  Autorrealización

INSTALACIONES: Se contara con una infraestructura de  200 metros cuadrados divididos en:
v  Zona individual: 70m2
v  Zona colectiva: 90m2
v  Sala de espera: 20m2
v  Recepción: 12m2
v  Oficina: 8m2
Total superficie 200m2

La zona colectiva o zona de agua es el lugar donde se localizará el circuito termal, compuesto por bañeras, duchas, sauna,… Para poder hacer un uso correcto de estas instalaciones, esta zona contará tanto con vestuarios, para que los usuarios puedan cambiarse, como con taquillas, para que puedan dejar los enseres personales.

En la zona individual se situarán las cabinas para la realización de masajes y tratamientos/ programas de belleza.
A estas dos zonas se le añade el espacio reservado a la recepción, la sala de espera de los clientes y el despacho del gerente.
Hay que mantener las instalaciones en unas condiciones óptimas de higiene, salubridad y comodidad: revisiones en conductos de agua, zonas de salida, bañeras y duchas,… así como frecuentes actividades de pintado de las instalaciones.



CARTERA DESERVICIOS:
Circuito termal:
Ø  Pediluvio: Se trata de un pasillo con un sistema de chorros laterales bitérmicos; es decir, se  alterna agua fría y caliente, y cantos rodados en el suelo. Con esto se consigue prevenir, mejorar y aliviar trastornos circulatorios. Además se activa la circulación en las plantas de los pies y se estimulan los puntos de energía que controlan el resto del cuerpo, al tiempo que se elimina la sensación de pesadez. Reduce los efectos del estrés.

Ø  Cabina de frío: Proceso que mejora sensiblemente la contracción y dilatación de los vasos sanguíneos cuando se realiza una sesión de baños de vapor y/ o hidroterapia.

Ø  Baño de vapor con cromoterapia: Primero hay que realizar una ducha de agua caliente para abrir los poros, a continuación secarse todo el cuerpo para, posteriormente, entrar en la cabina entre 10-35 min. Al salir de la cabina, se toma una ducha de agua fría o caliente (al gusto del cliente) para favorecer la circulación sanguínea. Fase de reposo en la que se completa el proceso de relajación, que finaliza con una ducha templada.


Aromaterapia: Los aceites esenciales son los mejores antídotos contra el estrés y otras enfermedades. Los principios activos de las plantas ayudan a alcanzar el bienestar general y realzan la belleza; los olores armonizan el estado emocional del cliente. Incluye tratamiento exfoliante con azúcar moreno, sal y aceites esenciales de lima, limón, pomelo y mandarina, de propiedades calmantes y equilibrantes, baño de leche con algas y masaje corporal basado en las técnicas de la medicina ayurvédica para eliminar tensiones.

Chocolaterapia: Envoltura en chocolate (cacao puro sin azúcar y aceites esenciales), se aplica con una brocha caliente por todo el cuerpo y se tapa al cliente con una manta térmica.
Durante media hora hace efecto en la piel y en el organismo, se combina con musicoterapia. Ducha sólo de agua. Masaje relajante con crema de aroma de chocolate.
Tonifica, limpia, nutre e hidrata la piel, reduce la celulitis, efecto antienvejecimiento, alivia la tensión provocada por el estrés, relaja y mejora el humor.

Vinoterapia: La primera fase consiste en realizar una exfoliación corporal con uvas cortadas a la mitad para eliminar las células muertas de la piel, al mismo tiempo que la pulpa nutre y humedece. El primer proceso dura 20 min. El segundo paso es un masaje con vino caliente para que así penetren las esencias del vino tinto, la duración será de 10 min. Finalmente, se realizará un masaje de relajación con un producto de uvas de La Rioja que contiene extracto de uva y aceite de semillas de uva que confieren a la piel propiedades antioxidantes, la duración es de 20 min. Este tratamiento combate el antienvejecimiento, tiene propiedades relajantes, tonifica la piel, mejora la circulación y reduce notablemente el estrés.

Masaje con miel: Para realizar este masaje primero se realizará un peeling por todo el cuerpo para extraer las células muertas; a continuación se realizará una envoltura en miel para que sus propiedades nutran la piel. Por  último, se realiza un masaje relajante. La  duración de esta terapia será de 50 minutos aproximadamente. Esta terapia es antienvejecimiento y antiarrugas, pero además es revitalizante, hidratante, regeneradora y purificante.

Ducha Vichi: Masaje que se recibe tumbado en una camilla bajo una ducha con microchorros de agua templada.
Se comienza con un masaje seco que dura alrededor de 10 minutos y un masaje de agua que dura
20 minutos. En esos 20 minutos, los 10 primeros son, simultáneamente, con agua y el masajista y los últimos 10 minutos el masaje se realiza a través de los microchorros. Tratamiento eficaz contra el  estrés, sedante y además es eficaz contra el reumatismo.

Dermosucción: Es un método de acción natural que favorece la regeneración de las fibras de elastina y colágeno a la vez que mejora, suaviza y dota a la piel de mayor tonicidad y respiración.
Ë Disminución de contornos.
Ë Práctica desaparición de la celulitis.
Ë Efecto diurético.
Ë Moldeador corporal.
Ë Desaparición de la piel de naranja.
Ë Mejora la elasticidad y tono.

Manta sauna: Es un elemento indispensable para combatir problemas de celulitis, sobrepeso y retención de líquidos, ya que por medio de la sudoración se eliminan deshechos tóxicos y aumenta el sistema metabólico con el objetivo de sanear el medio donde se encuentran las células, de forma eficaz y con unos resultados óptimos en cuanto a pérdidas de volumen.

Masoterapia: Programas de masajes que se efectúan mediante sistema mecánico o de contacto de la mano.
Son beneficiosos para la circulación, el sistema nervioso, el tejido muscular, etc.


Estos tratamientos pueden ir acompañados de:
Músicoterapia: La música es un medio eficaz para controlar el estrés. Los sonidos de la naturaleza propician la relajación. Escuchar música ayuda a desarrollar la creatividad, mejorar la concentración y facilita la relajación.
Venta de productos
Dietista



REGLAMENTO DEL SPA

C  Acceso limitado a personas mayores de 18 años.
C  Prohibido el ingreso con alimentos o bebidas y a   personas en estado de ebriedad o bajo el efecto de alguna droga.
C  Prohibido fumar o ingerir bebidas alcohólicas.
C  Tiempo de visita limitado a un máximo de 50 minutos.
C  El horario de apertura es de es de  8:00 am  a  08:00 pm, el último acceso se permitirá a las  7:00 pm.
C  Vestimenta básica requerida: Traje de baño y sandalias.
C  Esta es un área de relajamiento por lo que se debe guardar silencio y respetar el espacio de otros usuarios, de lo contrario se le pedirá que abandone el lugar
C  Todos los celulares o radio localizadores deben ser apagados o estar en el modo de silencio.
C  Debe ducharse siempre antes de empezar su sesión de hidroterapia.
C  Quedan prohibidos los clavados, en chapoteo y la natación en nuestras albercas.
C  El Spa ofrece el servicio de toallas, colóquelas en los cestos asignados para ello al terminar de usarlas
C  Use los lockers para guardar sus objetos personales. Si tiene cosas de valor le sugerimos dejarlas en la caja de seguridad de su habitación, el Spa no se hace responsable por el extravío de objetos valiosos.
C  Si padece algún problema de salud o embarazo debe usted informar a nuestro personal y acatar sus indicaciones. No nos hacemos responsables por afectaciones a un mal ya existente.
C  Cupo limitado, reservación requerida con por lo menos 6 horas de anticipación.

PROCESO DE PRESTACION DEL SERVICIO
Una vez que se han descrito los servicios que ofrecerá el SPA se tiene que saber cual será la forma de prestarlos el cual es relativamente fácil.
La recepción será el punto de partida para la prestación de los diferentes servicios.
Una vez recibida la solicitud de prestación del servicio por parte de los clientes, los responsables de administración tendrán que gestionar los recursos que dicha prestación necesita: deberán ponerse en contacto con la persona que se encargará de prestar el servicio, para verificar su disponibilidad, así como con la persona responsable de la limpieza.

Deberá realizarse una planificación casi diaria, ya que las modificaciones pueden ser constantes. Una vez gestionados los recursos, se procederá a la prestación del servicio acordado.

Tras la prestación del servicio, el cliente pasará por la recepción, procediéndose a la  gestión administrativa del mismo, con la consiguiente emisión de factura. Una vez satisfecho el pago del importe, el proceso llegará a su fin.


APROVISIONAMIENTOS Y GESTIÓN DE STOCKS
Es necesario llevar a cabo la compra y almacenamiento de productos para poder desarrollar correctamente el proceso productivo: materias primas, sábanas, albornoces, toallas,… Serán necesarios productos tanto para la correcta prestación del servicio como para la venta (mascarillas, cremas, barros, aromas, etc.)

Los productos de limpieza se adquirirán de forma periódica y en la cantidad suficiente para cubrir las necesidades entre los pedidos.
Los encargados de la recepción controlarán el stock de materias primas en almacén por si es necesario realizar un pedido.
Los fisioterapeutas y masajistas deben controlar la calidad de las compras ya que, al ser los encargados de aplicar los tratamientos, tienen mayor conocimiento sobre las materias primas.

PROCEDIMIENTOS Y CONTROLES DE CALIDAD
Se establecerá un SGC con el fin de mejorar el servicio ofrecido a los clientes y mejorar su nivel de satisfacción. El cual deberá ser flexible para adaptarse a las nuevas demandas de los clientes. El objetivo final es incrementar el volumen de clientes, promover su fidelización, motivar al personal para optimizar los recursos, prevenir riesgos, disminuir los costes y hacer promoción del establecimiento.

El personal de la recepción suministrara su ayuda al cliente en todo momento, resolviendo sus dudas y recogiendo sus sugerencias con el fin de facilitar el intercambio de información y la comunicación con el mismo; facilitando así la mejora continua el la organización.
En recepción, se le hará entrega al cliente de un Cuestionario de Satisfacción para conocer su opinión sobre diversos servicios del establecimiento, mostrando especial interés por aquel del que haya sido usuario. La opinión del cliente será tenida en cuenta para mejorar los servicios ofrecidos. También sirven para hacer un seguimiento ordenado y permanente de su nivel de satisfacción. Y el Formulario de quejas y sugerencias que se dividirá en Quejas sobre la calidad del servicio, achacables al Spa y Sugerencias realizadas que sirvan para mejorar la calidad de los servicios.

NIVELES DE TECNOLOGÍA APLICADOS EN LOS PROCESOS
La tecnología aporta un enorme valor a los Spa ya que permite especializarse en determinadas áreas demandadas por los clientes.
El desarrollo de nuevas tecnologías, así como el perfeccionamiento de las existentes, dotarán a la empresa de mejores armas para competir en el mercado, al tiempo que genera barreras de entrada a nuevos competidores.

La tecnología permitirá la diferenciación y mejorará la competitividad, garantizando la productividad de le empresa, la gestión y la dirección del negocio.
Podemos distinguir dos tipos de tecnología:
  • Tecnología relacionada con la información: ordenadores para la gestión del SPA y una impresora. Es importante contar con una página Web bien diseñada en la que se muestre el centro y los servicios que ofrece.
  • Tecnología relacionada con el SPA: con maquinaria específica para cada una de las zonas en las que se divide en Spa; zona colectiva (circuito termal), zona individual (cabinas) y zona de descanso.

La innovación en las terapias, la especialización y diversificación de los tratamientos y la opción por realizar programas a la medida, tratamientos localizados, ajustados a las necesidades de cada cliente, son elementos que contribuyen a dotar a este sector de valor de futuro.

SEGMENTACION DEL MERCAD:


BASE PARA LA SEGMENTACIÓN
POSIBLES SEGMENTOS DE MERCADO
GEOGRÁFICA

Región
Villavicencio/meta (Colombia)
Tamaño de la ciudad
 Población urbana de 407 977 habitantes
Urbana o rural
Urbana (Capital)
Clima
 Cálido y muy húmedo, con temperaturas medias de 27 °C
DEMOCRÁFICA

Ingreso
Menos de $2.000.000 de pesos; 2.000.000-2.500.000; 2.500.001-3.000.000; 3.000.001-3.500.000; mas de 4.000.000
Edad
Menos de 12 años, 12-18, 19-25, 26-32, 33-39, 40-46, 47 y más
Sexo
Masculino y Femenino
Ciclo vital de la familia
Joven soltero o soltera; joven casado o casada con o sin hijos etc.
Clase social
Alta, Media alta, Media baja, Baja alta.
Educación
Segundaria, técnico, tecnólogo, universidad, licenciatura, especialización,  doctorado, magíster
Ocupación
Profesional, gerente, oficinista, ventas, estudiante, ama de casa, entre otros.
Origen étnico
Latinoamericano, Europeo, asiático, africano, australiano.
PSICOGRÁFICA

Personalidad
Ambicioso, confiado, agresivo, introvertido, extravertido, sociable,
Estilo de vida
Actividades (deportes, viajes, lectura, música); intereses (política, arte, filantropismo); opiniones (conservador, capitalista, socialista)
Valores
Seguridad, emoción, diversión y gusto de vivir, autorrealización, sentido del logro, ser respetado.
POR COMPRTAMIENTO

Beneficios deseados
Relajación, costos, calidad
Tasa de uso
Usuarios esporádicos y habituales.


ANÁLISIS DEL SECTOR:


ANÁLISIS DEL SECTOR:
BELLEZA LITINA SPA
Belleza latina Spa, es una empresa que cuenta con amplia experiencia, tecnología e infraestructura que lo posicionan como uno de los más completos centros de relajación y belleza de los llanos orientales (Villavicencio). Contamos con una espectacular sede en el barrio El Buque (Arriba del centro comercial Villacentro) en donde ofrecemos completos tratamientos de: Relajación, Zonas Húmedas* Spa, Tratamientos faciales, Tratamientos corporales, Cavitación entre otros que le otorgaran una placentera experiencia Spa, sólo en Belleza Latina Spa. Carrera 44 No 21a-25 Barrio El Buque

EDILIA SPA
20 años hacen la diferencia, la empresa se basa en el bienestar y la salud de los clientes para esto ofrecen un sitio para todas tus necesidades el cual consta de 850 metros cuadrados donde estamos para ofrecerte lo mejor con la seguridad que estas buscando.
Tratamientos de Reducción, moldeo, tonificación, estrías, celulitis, Acne, manchas, rejuvenecimiento, bronceado, depilación, relajación , post quirúrgico y tecnología cavitacional y radiofrecuencia

La empresa cuenta con mas de 100 servicios  los cuales siempre están en constante cambio para tener nuevas opciones tanto para niños como para adultos, por esta razón en los últimos 6 meses han traido 4 equipos de ultima tecnología para ofrecer siempre mas.
Los  productos y servicios están al alcance de todos y para esto ofrecen paquetes personalizados que van de acuerdo a tus necesidades ven no pierdas la oportunidad de disfrutar y ser consentida por nosotros.
Los horarios de atención son de lunes a sábado en jornada Cl 47 29 A-45 Caudal Oriental

Nuestros competidores son empresas que de han tenido éxito en esta actividad; aunque todas están dedicadas a prestar los mismos servicios sin el interés notorio en ser innovadores por lo cual nos vamos a diferenciar, pues tenemos la necesidad de expandirnos en todo el proyecto ganándonos la confianza y el respeto de los clientes lográndolo a través de las estrategias competitivas. Ofreciendo terapias alternativas y un trato mas personalizado para con el cliente. Este Spa quiere darle solución a los problemas de estrés tan habituales hoy en día mediante la creación de un centro de relajación. En él se tratarán dichos problemas mediante masajes, terapias antiestrés y el apoyo de un experto en nutrición.

INVERSTIGACIÓN DEL MERCADO

Problemática: El SPA LIBERTÉ necesita conocer cuál es el grado de satisfacción de los consumidores de su mercado en referencia a los servicios prestados.
Objetivo: Conocer cual es el grado de satisfacción con respecto a los servicios que ofrece el SPA de los clientes del Spa a fin de utilizar esta información como base para iniciar la planeación del marketing que aplicará la empresa.
Enfoque de la investigación: Cuantitativo
Recolección de datos: Método primario, los datos son obtenidos directamente de la muestra, mediante la conversación, encuesta u observación.
Definición del universo: Mi universo lo componen los que actualmente son clientes que frecuentan el SPA LIBERTÉ.
Muestra: Debido a lo reducido del universo, este se tomará como la muestra, ya que de lo contrario los resultados de la investigación arrojarán un porcentaje de error muy elevado.
Procedimiento utilizado: Método de la encuesta. Entrevista personal.

CUESTIONARIO DE SATISFACCIÓN DEL CLIENTE:
A continuación verán un formato o plantilla de satisfacción de atención al cliente, no tiene que llevar todas las opciones de respuesta, selecciona solo las que apliquen
Satisfacción Atención al Cliente


1- ¿Cómo contactó usted con el servicio de atención al cliente?
Por Email
Por teléfono
En persona


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1- ¿Cómo contactó usted con el servicio de atención al cliente?
Por Email
6
Por teléfono
9
En persona
5



2- ¿Cuánto tardó en ser atendido?
Inmediatamente
Entre uno y cinco minutos
Más de 5 minutos
No conseguí comunicarme


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2- ¿Cuánto tardó en ser atendido?
Inmediatamente
12
Entre uno y cinco minutos
6
Más de 5 minutos
2
No conseguí comunicarme
0



3- Por favor, valore nuestro servicio de atención al cliente en un rango de 1 a 5 donde:
1 Pésimo ( )
2 malo ( )
3 Regular ( )
4 bueno ( )
5 Excelente ( )


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3- Por favor, valore nuestro servicio de atención al cliente en un rango de 1 a 5 donde:
Pésimo
0
malo
0
Regular
1
bueno
7
Excelente
13


4- ¿La persona que lo atendió se expresaba de una clara y fácil de entender?
Si ( ) No ( )



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4- ¿La persona que lo atendió se expresaba de una clara y fácil de entender?
SI
17
NO
3



5- ¿La persona que lo atendió fue...?
( ) Profesional
( ) Cortés
( ) Amable
( ) Paciente
( ) Eficiente


5- ¿La persona que lo atendió fue...?
PROFESIONAL
7
CORTÉS
3
AMABLE
4
PACIENTE
3
EFICIENTE
3

GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO


RECLUTAMIENTO DE PERSONAL: Esta forma parte del proceso para incorporar a las personas al SPA. Donde la organización que forma parte de MT envía las señales a los candidatos  que forman parte del MRH de que se ofrece oportunidades de un empleo. El reclutamiento se efectuara externamente por medio de anuncios en diarios oficiales de la ciudad de Villavicencio y agencias de reclutamiento.

SELECCIÓN DE PERSONAL: sirve cono filtro para ingresen a  la organización aquellas personas que cuentan con las características deseadas por el SPA. La técnica se selección que se elegirá para conocer, comparar y escoger a los candidatos adecuados  será  la entrevista la cual es un proceso de comunicación entre el candidato y el director de talento humano. Donde se aplicaran determinadas preguntas al solicitante con el fin de observar sus reacciones para, con ello, establecer posibles relaciones de causa y efecto u observar su comportamiento frente a determinadas situaciones.

La entrevista será estandarizada. Preguntas previamente elaboradas pero que permitirán una respuesta abierta y libre por parte del candidato. El entrevistador se basara en una lista de asuntos que preguntará y recoge la información que proporciona el candidato. Estas preguntas se generaran de acuerdo a la los niveles de profesionalismo y experiencia laboral de cada candidato.

PREGUNTAS PARA NIVELES INICIALES (jóvenes profesionales sin experiencia laboral)
PREGUNTAS PARA NIVELES INTERMEDIOS (Personas con experiencia e historia laboral)
iniciativa-autonomía.


1-    ¿Qué aspectos considero para elegir graduarse en la institución que estudio?
2-    ¿Cuáles de sus años de estudiante fueron los más difíciles? ¿Qué problemas enfrento durante sus estudios superiores y que hizo para resolverlos?
3-    ¿Qué hace cuando tiene dificultades para resolver un problema en el trabajo?
4-    ¿Por qué desea trabajar en esta organización?
5-    ¿Qué otras actividades lo han preparado para trabajar en esta organización además de los estudios?


1-    ¿Cómo toma decisiones cuando su línea de reporte esta ausente o cuando exceden sus atribuciones?
2-    En su ultima posición ¿cueles fueron sus logros mas significativos?
3-    Deme un ejemplo de alguna idea nueva que haya sugerido en su trabajo
4-    ¿Qué nuevos objetivos se ha establecido recientemente y que ha hecho para alcanzarlos?
5-    ¿Por qué desea trabajar aquí?
Responsabilidad
6- ¿Trabajaba mientras estudiaba? (SI7NO) ¿Por qué?
7- ¿Cómo le fue con sus calificaciones y cuales fueron sus materias favoritas?
8- ¿Qué planes futuros de estudio tiene?


6-    Describa las tres mayores responsabilidades de su ultimo trabajo
7-    ¿De que logros se siente orgulloso en su trabajo actual?
8-    ¡que aprendió de sus primeros trabajos?
Orientación al cliente

9-    ¿defina el concepto de atención al cliente?
10- ¿Qué ha hecho para construir relaciones positivas con los clientes que interactuar en su trabajo?

9-    defina quienes son sus clientes ¿de que forma releva sus necesidades?
10- Describa alguna mejora que haya tenido que practicar por una insatisfacción particular de un cliente ¿Qué implico esta mejora?
Alta adaptabilidad-flexibilidad
11- ¿tuvo que hacerse cargo alguna vez de una tarea que no era usual en la rutina de su estudio?
12- En ocasiones, las formas de actuación que eran buenas en una situación dada, dejan de serlo en otra ¿le ocurrió eso alguna vez? ¿en que situación y que aprendió?

11- cuénteme sobre alguna situación sobre una situación en la que haya tenido que asumir nuevas tareas
12- ¿Cómo hace para superar los obstáculos los obstáculos que le impiden completar sus proyectos laborales mas importantes?
Liderazgo

13- ¿tuvo que hacerse cargo de algún grupo en la época de sus estudios? ¿Cuándo? Descríbala
14-  ¿Cómo se ve teniendo gente a cargo?
15- Describa a su jefe ideal


13- ¿Cómo motiva a sus colaboradores?
14- ¿Que lo hace un buen líder?
15- Deme un ejemplo de un logro concreto y destacado en su gestión como líder
Team work

16- ¿Cuándo mejora su rendimiento: en asignaciones individuales o grupales? déme ejemplos
17- ¿Cuáles son los aspectos que UD mas valoriza cuando trabaja en equipo?


16- cuando trabajas con personas nuevas para UD ¿Cómo hace para entender su punto de vista y coordinar esfuerzos?
17- ¿Cuáles son los aspectos que UD mas valoriza cuando trabaja en equipo?
Tolerancia a la frustración

18- Cuándo tiene presiones de estudio o de trabajo importantes y los problemas se amontonan ¿Qué hace para resolverlo?
19- Si le asignan una tarea abrumadora, con límites específicos de tiempo ¿Cómo planea su estrategia para cumplir el plazo?
20- ¿en que condiciones laborales UD trabaja mas eficazmente?


18- Describa la situación laboral mas tensa que haya tenido que resolver  ¿Cómo procedió para resolverla?
19- Cuénteme de alguna experiencia laboral en donde haya trabajado dentro de limites muy estrictos de tiempo ¿Cómo calificaría su desempeño en estas situaciones?
20- ¿Cuáles de las actuales condiciones de su trabajo son las mas frustrantes para UD?


PERFIL DE LAS PERSONAS QUE SE CONTRATARÁN
El perfil de las personas a contratar será muy variado en función de los puestos a cubrir.
A continuación se enumerarán los requisitos, a priori, exigidos en cada uno de los puestos creados:
Gerente: Persona entre 30 y 40 años. Deberá tener las siguiente cualidades personales: persona con facilidad para las relaciones sociales, con carácter abierto, amable, con capacidad de liderazgo, flexibilidad, empatía, responsable, con gran autocontrol de si mismo y de las situaciones en las que pueda verse sometido tanto como trabajador o como responsable de una empresa

Fisioterapeuta: Persona joven de entre 20 y 30 años. Será valorable el curso de especialista en fisioterapia termal y balneoterapia, así como experiencia y conocimiento del sector y formación complementaria. Entre las cualidades personales deberán destacar las siguientes: capacidad de trabajo en equipo, responsabilidad, autocontrol, paciencia y trato personalizado a clientes.

Dietista: persona joven de entre 25 y 35 años de la que ya se comentó la formación anteriormente. Las cualidades personales que debería reunir son: capacidad de trabajo en equipo, responsabilidad, autocontrol, paciencia y trato personalizado a clientes.

Recepcionistas: Personas jóvenes, de entre 18 y 30 años. Se valorará la posesión del Ciclo Formativo de Grado Medio de Estética Personal Decorativa o el Ciclo de Grado Superior de Estética. Del mismo modo, se le exigirá manejo del paquete office a nivel usuario y será valorable el conocimiento de idiomas. Las características personales que deben reunir son: capacidad de trabajo en equipo, responsabilidad, autocontrol, paciencia y trato personalizado a clientes.

Masajistas: Su selección la realizarán conjuntamente el gerente y el fisioterapeuta. Para desempeñar este puesto será obligatoria la posesión del título homologado de masajista, valorándose positivamente la experiencia y conocimiento del sector, además de la formación complementaria en la materia. Las cualidades personales que deben reunir son: capacidad de trabajo en equipo, responsabilidad, autocontrol, paciencia y trato personalizado a clientes.

Limpieza/ mantenimiento: Persona con, al menos, el graduado escolar y experiencia demostrable en puesto similar. Las cualidades personales que deben reunir son: capacidad de trabajo en equipo, responsabilidad y capacidad de adaptación.


ELABORACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO


De acuerdo con los art.104 y siguientes del Código sustantivo del trabajo,  están obligados a tener un reglamento interno de trabajo todos los empleadores (personas naturales o jurídicas) que ocupen a más de cinco (5) trabajadores de carácter permanente, si la empresa es comercial;  o las que ocupen a más de diez (10), si la empresa es industrial; o las que ocupen a más de 20, si la empresa está dedicada a actividades agrícolas, ganaderas o forestales.

Así mismo, si la empresa es de economía mixta (es decir, aquellas cuyo patrimonio lo componen aportes de capital privado y aportes de empresas del Estado),  la obligación de tener un reglamento de trabajo existirá si tal empresa (sin importar su actividad) ocupa a más de diez (10) trabajadores  

Por consiguiente, a continuación se muestra un modelo de “Reglamento interno de Trabajo”  en el que se incluyen  las cláusulas más comunes con las cuales se cumplan los requisitos mínimos exigidos para dichos reglamentos según la norma del art.108 del Código Sustantivo del Trabajo


                             
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

CAPÍTULO I

ART. 1º—El presente reglamento interno de trabajo prescrito por la empresa SPA LIBERTÉ domiciliada calle 31 A ESTE 14C17 MZu casa # 29 la Esperanza 2da Etapa en Villavicencio/Meta de y a sus disposiciones quedan sometidas tanto la empresa como todos sus trabajadores. Este reglamento hace parte de los contratos individuales de trabajo, celebrados o que se celebren con todos los trabajadores, salvo estipulaciones en contrario, que sin embargo sólo pueden ser favorables al trabajador.

CAPÍTULO II
Condiciones de admisión

ART. 2º—Quien aspire a desempeñar un cargo en la empresa SPA LIBERTÉ debe hacer la solicitud por escrito para su registro como aspirante y acompañar los siguientes documentos:
a) Cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad según sea el caso.

b) Autorización escrita del Ministerio de la Protección Social o en su defecto la primera autoridad local, a solicitud de los padres y, a falta de estos, el defensor de familia, cuando el aspirante sea menor de diecicho (18) años.

c) Certificado del último empleador con quien haya trabajado en que conste el tiempo de servicio, la índole de la labor ejecutada y el salario devengado.

d) Certificado de personas honorables sobre su conducta y capacidad y en su caso del plantel de educación donde hubiere estudiado.

PAR.—El empleador podrá establecer en el reglamento, además de los documentos mencionados, todos aquellos que considere necesarios para admitir o no admitir al aspirante sin embargo, tales exigencias no deben incluir documentos, certificaciones o datos prohibidos expresamente por las normas jurídicas para tal efecto así, es prohibida la exigencia de la inclusión en formatos o cartas de solicitud de empleo “datos acerca del estado civil de las personas, número de hijos que tenga, la religión que profesan o el partido político al cual pertenezca” (L. 13/72, art. 1º); lo mismo que la exigencia de la prueba de gravidez para las mujeres, solo que se trate de actividades catalogadas como de alto riesgo (art. 43, C.N., arts. 1º y 2º, Convenio Nº 111 de la OIT, Res. 3941/94 del Mintrabajo), el examen de sida (D.R. 559/91, art. 22), ni la libreta militar (D. 2150/95, art. 111).

Período de prueba
ART. 3º—La empresa una vez admitido el aspirante podrá estipular con él un período inicial de prueba que tendrá por objeto apreciar por parte de la empresa, las aptitudes del trabajador y por parte de este, las conveniencias de las condiciones de trabajo (CST, art. 76).

ART. 4º—El período de prueba debe ser estipulado por escrito y en caso contrario los servicios se entienden regulados por las normas generales del contrato de trabajo (CST, art. 77, num. 1º).

ART. 5º—El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses. En los contratos de trabajo a término fijo, cuya duración sea inferior a 1 año, el período de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término inicialmente pactado para el respectivo contrato, sin que pueda exceder de dos meses.

Cuando entre un mismo empleador y trabajador se celebren contratos de trabajo sucesivos, no es válida la estipulación del período de prueba, salvo para el primer contrato (L. 50/90, art. 7º).

ART. 6º—Durante el período de prueba, el contrato puede darse por terminado unilateralmente en cualquier momento y sin previo aviso, pero si expirado el período de prueba y el trabajador continuare al servicio del empleador, con consentimiento expreso o tácito, por ese solo hecho, los servicios prestados por aquel a este, se considerarán regulados por las normas del contrato de trabajo desde la iniciación de dicho período de prueba. Los trabajadores en período de prueba gozan de todas las prestaciones (CST, art. 80).

CAPÍTULO III
Trabajadores accidentales o transitorios

ART. 7º—Son meros trabajadores accidentales o transitorios, los que se ocupen en labores de corta duración no mayor de un mes y de índole distinta a las actividades normales de la empresa. Estos trabajadores tienen derecho, además del salario, al descanso remunerado en dominicales y festivos (CST, art. 6º).

CAPÍTULO IV
Horario de trabajo
ART. 8º—Las horas de entrada y salida de los trabajadores son las que a continuación se expresan así:
Días laborables. (Ejemplo: los días laborables para el personal administrativo son de lunes a sábado medio día y para el personal operativo de lunes a sábado).
Ejemplos
Personal administrativo
Lunes a viernes
Mañana:
8:00 a.m. a 12:00 m.
Hora de almuerzo:
12:00 m. a 1:00 p.m.
Tarde:
1:00 p.m. a 5:00 p.m.
Sábado
Hora de entrada: 8:00 a.m.
Hora de salida: 2:00 p.m.
Con períodos de descanso de diez minutos en cada turno de tales a tales horas.
Personal operativo: por turnos rotativos
Primer turno:
7:00 a.m. a 2:00 p.m.
Segundo turno:
2:00 p.m. a 8:00 p.m.
Con períodos de descanso de diez minutos.

PAR.—Para las empresas que laboran el día domingo. Por cada domingo o festivo trabajado se reconocerá un día compensatorio remunerado a la semana siguiente.

PAR. 1º—Cuando la empresa tenga más de cincuenta (50) trabajadores que laboren cuarenta y ocho (48) horas a la semana, estos tendrán derecho a que dos (2) horas de dicha jornada, por cuenta del empleador, se dediquen exclusivamente a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación (L. 50/90, art. 21).

PAR. 2º—Jornada laboral flexible. (L. 789/2002, art. 51) Modificó el inciso primero del literal C), incluyó el d) artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo.

c) El empleador y el trabajador pueden acordar temporal o indefinidamente la organización de turnos de trabajo sucesivos, que permitan operar a la empresa o secciones de la misma sin solución de continuidad durante todos los días de la semana, siempre y cuando el respectivo turno no exceda de seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana.

d) El empleador y el trabajador podrán acordar que la jornada semanal de cuarenta y ocho (48) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el domingo. En este, el número de horas de trabajo diario podrá repartirse de manera variable durante la respectiva semana y podrá ser de mínimo cuatro (4) horas continuas y hasta diez (10) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de cuarenta y ocho (48) horas semanales dentro de la jornada ordinaria de 6 a.m. a 10 p.m. (L. 789/2002, art. 51).

CAPÍTULO V
Las horas extras y trabajo nocturno

ART. 9º—Trabajo ordinario y nocturno. Artículo 25 Ley 789 de 2002 que modificó el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo quedará así:

1. Trabajo ordinario es el que se realiza entre las seis horas (6:00 a.m.) y las veintidós horas (10:00 p.m.).

2. Trabajo nocturno es el comprendido entre las veintidós horas (10:00 p.m.). y las seis horas (6:00 a.m.).

ART. 10.—Trabajo suplementario o de horas extras es el que se excede de la jornada ordinaria y en todo caso el que excede la máxima legal (CST, art. 159).

ART. 11.—El trabajo suplementario o de horas extras, a excepción de los casos señalados en el artículo 163 del Código Sustantivo del Trabajo, sólo podrá efectuarse en dos (2) horas diarias y mediante autorización expresa del Ministerio de la Protección Social o de una autoridad delegada por este (D. 13/67, art. 1º).

ART. 12.—Tasas y liquidación de recargos.
1. El trabajo nocturno, por el solo hecho de ser nocturno se remunera con un recargo del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno, con excepción del caso de la jornada de treinta y seis (36) horas semanales prevista en el artículo 20 literal c) de la Ley 50 de 1990.

2. El trabajo extra diurno se remunera con un recargo del veinticinco por ciento (25%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

3. El trabajo extra nocturno se remunera con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

4. Cada uno de los recargos antedichos se produce de manera exclusiva, es decir, sin acumularlo con alguno otro (L. 50/90, art. 24).

PAR.—La empresa podrá implantar turnos especiales de trabajo nocturno, de acuerdo con lo previsto por el Decreto 2352 de 1965.

ART. 13.—La empresa no reconocerá trabajo suplementario o de horas extras sino cuando expresamente lo autorice a sus trabajadores de acuerdo con lo establecido para tal efecto en el artículo 11 de este reglamento.

PAR. 1º—En ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales.

PAR. 2º—Descanso en día sábado. Pueden repartirse las cuarenta y ocho (48) horas semanales de trabajo ampliando la jornada ordinaria hasta por dos horas, por acuerdo entre las partes, pero con el fin exclusivo de permitir a los trabajadores el descanso durante todo el sábado. Esta ampliación no constituye trabajo suplementario o de horas extras.

CAPÍTULO VI
Días de descanso legalmente obligatorios

ART. 14.—Serán de descanso obligatorio remunerado, los domingos y días de fiesta que sean reconocidos como tales en nuestra legislación laboral.

1. Todo trabajador, tiene derecho al descanso remunerado en los siguientes días de fiesta de carácter civil o religioso: 1º de enero, 6 de enero, 19 de marzo, 1º de mayo, 29 de junio, 20 de julio, 7 de agosto, 15 de agosto, 12 de octubre, 1º de noviembre, 11 de noviembre, 8 y 25 de diciembre, además de los días jueves y viernes santos, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús.

2. Pero el descanso remunerado del seis de enero, diecinueve de marzo, veintinueve de junio, quince de agosto, doce de octubre, primero de noviembre, once de noviembre, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús, cuando no caigan en día lunes se trasladarán al lunes siguiente a dicho día. Cuando las mencionadas festividades caigan en domingo, el descanso remunerado, igualmente se trasladará al lunes.

3. Las prestaciones y derechos que para el trabajador originen el trabajo en los días festivos, se reconocerá en relación al día de descanso remunerado establecido en el inciso anterior (L. 51, art. 1º, dic. 22/83).

PAR. 1º—Cuando la jornada de trabajo convenida por las partes, en días u horas, no implique la prestación de servicios en todos los días laborables de la semana, el trabajador tendrá derecho a la remuneración del descanso dominical en proporción al tiempo laborado (L. 50/90, art. 26, num. 5º).

PAR. 2º—Labores agropecuarias. Los trabajadores de empresas agrícolas, forestales y ganaderas que ejecuten actividades no susceptibles de interrupción, deben trabajar los domingos y días de fiesta remunerándose su trabajo en la forma prevista en el artículo 25 de la Ley 789 de 2002 y con derecho al descanso compensatorio (L. 50/90, art. 28).

PAR. 3º—Trabajo dominical y festivo. (L. 789/2002, art. 26) modificó artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo.

1. El trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

2. Si con el domingo coincide otro día de descanso remunerado sólo tendrá derecho el trabajador, si trabaja, al recargo establecido en el numeral anterior.

3. Se exceptúa el caso de la jornada de treinta y seis (36) horas semanales previstas en el artículo 20 literal c) de la Ley 50 de 1990 (L. 789/2002, art. 26).

PAR. 3.1.—El trabajador podrá convenir con el empleador su día de descanso obligatorio el día sábado o domingo, que será reconocido en todos sus aspectos como descanso dominical obligatorio institucionalizado.

Interprétese la expresión dominical contenida en el régimen laboral en este sentido exclusivamente para el efecto del descanso obligatorio.

Las disposiciones contenidas en los artículos 25 y 26 de la Ley 789 del 2002 se aplazarán en su aplicación frente a los contratos celebrados antes de la vigencia de la presente ley hasta el 1º de abril del año 2003.

Aviso sobre trabajo dominical. Cuando se tratare de trabajos habituales o permanentes en domingo, el empleador debe fijar en lugar público del establecimiento, con anticipación de 12 horas lo menos, la relación del personal de trabajadores que por razones del servicio no pueden disponer el descanso dominical. En esta relación se incluirán también el día y las horas de descanso compensatorio (CST, art. 185).

ART. 15.—El descanso en los días domingos y los demás días expresados en el artículo 21 de este reglamento, tiene una duración mínima de 24 horas, salvo la excepción consagrada en el literal c) del artículo 20 de la Ley 50 de 1990 (L. 50/90, art. 25).

ART. 16.—Cuando por motivo de fiesta no determinada en la Ley 51 del 22 de diciembre de 1983, la empresa suspendiere el trabajo, está obligada a pagarlo como si se hubiere realizado. No está obligada a pagarlo cuando hubiere mediado convenio expreso para la suspensión o compensación o estuviere prevista en el reglamento, pacto, convención colectiva o fallo arbitral. Este trabajo compensatorio se remunerará sin que se entienda como trabajo suplementario o de horas extras (CST, art. 178).

Vacaciones remuneradas
ART. 17.—Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un (1) año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas (CST, art. 186, num. 1º).

ART. 18.—La época de vacaciones debe ser señalada por la empresa a más tardar dentro del año subsiguiente y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso.

El empleador tiene que dar a conocer al trabajador con 15 días de anticipación la fecha en que le concederán las vacaciones (CST, art. 187).

ART. 19.—Si se presenta interrupción justificada en el disfrute de las vacaciones, el trabajador no pierde el derecho a reanudarlas (CST, art. 188).

ART. 20.—Se prohíbe compensar las vacaciones en dinero, pero el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social puede autorizar que se pague en dinero hasta la mitad de ellas en casos especiales de perjuicio para la economía nacional o la industria; cuando el contrato termina sin que el trabajador hubiere disfrutado de vacaciones, la compensación de estas en dinero procederá por un año cumplido de servicios y proporcionalmente por fracción de año. En todo caso para la compensación de vacaciones, se tendrá como base el último salario devengado por el trabajador (CST, art. 189).

ART. 21.—En todo caso, el trabajador gozará anualmente, por lo menos de seis (6) días hábiles continuos de vacaciones, los que no son acumulables.
Las partes pueden convenir en acumular los días restantes de vacaciones hasta por 2 años.

La acumulación puede ser hasta por 4 años, cuando se trate de trabajadores técnicos, especializados, y de confianza (CST, art. 190).

ART. 22.—Durante el período de vacaciones el trabajador recibirá el salario ordinario que esté devengando el día que comience a disfrutar de ellas. En consecuencia, sólo se excluirán para la liquidación de las vacaciones el valor del trabajo en días de descanso obligatorio y el valor del trabajo suplementario o de horas extras. Cuando el salario sea variable, las vacaciones se liquidarán con el promedio de lo devengado por el trabajador en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se concedan.

ART. 23.—Todo empleador llevará un registro de vacaciones en el que se anotará la fecha de ingreso de cada trabajador, fecha en que toma sus vacaciones, en que las termina y la remuneración de las mismas (D. 13/67, art. 5º).

PAR.—En los contratos a término fijo inferior a un (1) año, los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones en proporción al tiempo laborado cualquiera que este sea (L. 50/90, art. 3º, par.).

Permisos
ART. 24.—La empresa concederá a sus trabajadores los permisos necesarios para el ejercicio del derecho al sufragio y para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación, en caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada, para concurrir en su caso al servicio médico correspondiente, para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización y para asistir al entierro de sus compañeros, siempre que avisen con la debida oportunidad a la empresa y a sus representantes y que en los dos últimos casos, el número de los que se ausenten no sea tal, que perjudiquen el funcionamiento del establecimiento. La concesión de los permisos antes dichos estará sujeta a las siguientes condiciones:

  • En caso de grave calamidad doméstica, la oportunidad del aviso puede ser anterior o posterior al hecho que lo constituye o al tiempo de ocurrir este, según lo permitan las circunstancias.

  • En caso de entierro de compañeros de trabajo, el aviso puede ser hasta con un día de anticipación y el permiso se concederá hasta el 10% de los trabajadores.

  • En los demás casos (sufragio, desempeño de cargos transitorios de forzosa aceptación y concurrencia al servicio médico correspondiente) el aviso se hará con la anticipación que las circunstancias lo permitan. Salvo convención en contrario y a excepción del caso de concurrencia al servicio médico correspondiente, el tiempo empleado en estos permisos puede descontarse al trabajador o compensarse con tiempo igual de trabajo efectivo en horas distintas a su jornada ordinaria, a opción de la empresa (CST, art. 57, num. 6º).

CAPÍTULO VII
Salario mínimo, convencional, lugar, días, horas de pagos y períodos que lo regulan

ART. 25.—Formas y libertad de estipulación:

1. El empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades como por unidad de tiempo, por obra, o a destajo y por tarea, etc., pero siempre respetando el salario mínimo legal o el fijado en los pactos, convenciones colectivas y fallos arbitrales.

2. No obstante lo dispuesto en los artículos 13, 14, 16, 21 y 340 del Código Sustantivo del Trabajo y las normas concordantes con estas, cuando el trabajador devengue un salario ordinario superior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales, valdrá la estipulación escrita de un salario que además de retribuir el trabajo ordinario, compense de antemano el valor de prestaciones, recargos y beneficios tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario o al dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus intereses, subsidios y suministros en especie; y, en general, las que se incluyan en dicha estipulación, excepto las vacaciones.

En ningún caso el salario integral podrá ser inferior al monto de 10 salarios mínimos legales mensuales, más el factor prestacional correspondiente a la empresa que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30%) de dicha cuantía.

3. Este salario no estará exento de las cotizaciones a la seguridad social, ni de los aportes al SENA, ICBF, y cajas de compensación familiar, pero la base para efectuar los aportes parafiscales es el setenta por ciento (70%).

4. El trabajador que desee acogerse a esta estipulación, recibirá la liquidación definitiva de su auxilio de cesantía y demás prestaciones sociales causadas hasta esa fecha, sin que por ello se entienda terminado su contrato de trabajo (L. 50/90, art. 18).

ART. 26.—Se denomina jornal el salario estipulado por días y sueldo, el estipulado con períodos mayores (CST, art. 133).

ART. 27.—Salvo convenio por escrito, el pago de los salarios se efectuará en el lugar en donde el trabajador presta sus servicios durante el trabajo, o inmediatamente después del cese (CST, art. 138, num. 1º).
Períodos de pago:
Ejemplo:        quincenales mensuales (uno de los dos o los dos).

ART. 28.—El salario se pagará al trabajador directamente o a la persona que él autorice por escrito así:

1. El salario en dinero debe pagarse por períodos iguales y vencidos. El período de pago para los jornales no puede ser mayores de una semana, y para sueldos no mayor de un mes.

2. El pago del trabajo suplementario o de horas extras y el recargo por trabajo nocturno debe efectuarse junto con el salario ordinario del período en que se han causado o a más tardar con el salario del período siguiente (CST, art. 134).

CAPÍTULO VIII
Servicio médico, medidas de seguridad, riesgos profesionales, primeros auxilios en caso de accidentes de trabajo, normas sobre labores en orden a la mayor higiene, regularidad y seguridad en el trabajo

ART. 29.—Es obligación del empleador velar por la salud, seguridad e higiene de los trabajadores a su cargo. Igualmente, es su obligación garantizar los recursos necesarios para implementar y ejecutar actividades permanentes en medicina preventiva y del trabajo, y en higiene y seguridad industrial, de conformidad al programa de salud ocupacional, y con el objeto de velar por la protección integral del trabajador.

ART. 30.—Los servicios médicos que requieran los trabajadores se prestarán por el Instituto de Seguros Sociales o EPS, ARP, a través de la IPS a la cual se encuentren asignados. En caso de no afiliación estará a cargo del empleador sin perjuicio de las acciones legales pertinentes.

ART. 31.—Todo trabajador dentro del mismo día en que se sienta enfermo deberá comunicarlo al empleador, su representante o a quien haga sus veces el cual hará lo conducente para que sea examinado por el médico correspondiente a fin de que certifique si puede continuar o no en el trabajo y en su caso determine la incapacidad y el tratamiento a que el trabajador debe someterse. Si este no diere aviso dentro del término indicado o no se sometiere al examen médico que se haya ordenado, su inasistencia al trabajo se tendrá como injustificada para los efectos a que haya lugar, a menos que demuestre que estuvo en absoluta imposibilidad para dar el aviso y someterse al examen en la oportunidad debida.

ART. 32.—Los trabajadores deben someterse a las instrucciones y tratamiento que ordena el médico que los haya examinado, así como a los exámenes y tratamientos preventivos que para todos o algunos de ellos ordena la empresa en determinados casos. El trabajador que sin justa causa se negare a someterse a los exámenes, instrucciones o tratamientos antes indicados, perderá el derecho a la prestación en dinero por la incapacidad que sobrevenga a consecuencia de esa negativa.

ART. 33.—Los trabajadores deberán someterse a todas las medidas de higiene y seguridad que prescriban las autoridades del ramo en general, y en particular a las que ordene la empresa para prevención de las enfermedades y de los riesgos en el manejo de las máquinas y demás elementos de trabajo especialmente para evitar los accidentes de trabajo.

PAR.—El grave incumplimiento por parte del trabajador de las instrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos, adoptados en forma general o específica, y que se encuentren dentro del programa de salud ocupacional de la respectiva empresa, que la hayan comunicado por escrito, facultan al empleador para la terminación del vínculo o relación laboral por justa causa, tanto para los trabajadores privados como los servidores públicos, previa autorización del Ministerio de la Protección Social, respetando el derecho de defensa (D. 1295/94, art. 91).

ART. 34.—En caso de accidente de trabajo, el jefe de la respectiva dependencia, o su representante, ordenará inmediatamente la prestación de los primeros auxilios, la remisión al médico y tomará todas las medidas que se consideren necesarias y suficientes para reducir al mínimo, las consecuencias del accidente, denunciando el mismo en los términos establecidos en el Decreto 1295 de 1994 ante la EPS y la ARP.

ART. 35.—En caso de accidente no mortal, aun el más leve o de apariencia insignificante, el trabajador lo comunicará inmediatamente al empleador, a su representante o a quien haga sus veces, para que se provea la asistencia médica y tratamiento oportuno según las disposiciones legales vigentes, indicará, las consecuencias del accidente y la fecha en que cese la incapacidad.

ART. 36.—Todas las empresas y las entidades administradoras de riesgos profesionales deberán llevar estadísticas de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales para lo cual deberán en cada caso determinar la gravedad y la frecuencia de los accidentes de trabajo o de las enfermedades profesionales de conformidad con el reglamento que se expida.

Todo accidente de trabajo o enfermedad profesional que ocurra en una empresa o actividad  económica, deberá ser informado por el empleador a la entidad administradora de riesgos profesionales y a la entidad promotora de salud, en forma simultánea, dentro de los dos días hábiles siguientes de ocurrido el accidente o diagnosticada la enfermedad.

ART. 37.—En todo caso, en lo referente a los puntos de que trata este capítulo, tanto la empresa como los trabajadores, se someterán a las normas de riesgos profesionales del Código Sustantivo del Trabajo, a la Resolución 1016 de 1989 expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y las demás que con tal fin se establezcan. De la misma manera ambas partes están obligadas a sujetarse al Decreto-Ley 1295 de 1994, y la Ley 776 del 17 de diciembre de 2002, del sistema general de riesgos profesionales, de conformidad con los términos estipulados en los preceptos legales pertinentes y demás normas concordantes y reglamentarias antes mencionadas.

CAPÍTULO IX
Prescripciones de orden
ART. 38.—Los trabajadores tienen como deberes los siguientes:
a) Respeto y subordinación a los superiores.
b) Respeto a sus compañeros de trabajo.
c) Procurar completa armonía con sus superiores y compañeros de trabajo en las relaciones personales y en la ejecución de labores.
d) Guardar buena conducta en todo sentido y obrar con espíritu de leal colaboración en el orden moral y disciplina general de la empresa.
e) Ejecutar los trabajos que le confíen con honradez, buena voluntad y de la mejor manera posible.
f) Hacer las observaciones, reclamos y solicitudes a que haya lugar por conducto del respectivo superior y de manera fundada, comedida y respetuosa.
g) Recibir y aceptar las órdenes, instrucciones y correcciones relacionadas con el trabajo, con su verdadera intención que es en todo caso la de encaminar y perfeccionar los esfuerzos en provecho propio y de la empresa en general.
h) Observar rigurosamente las medidas y precauciones que le indique su respectivo jefe para el manejo de las máquinas o instrumentos de trabajo.
i) Permanecer durante la jornada de trabajo en el sitio o lugar en donde debe desempeñar las labores siendo prohibido salvo orden superior, pasar al puesto de trabajo de otros compañeros.

CAPÍTULO X
Orden jerárquico
ART. 39.—El orden jerárquico de acuerdo con los cargos existentes en la empresa, es el siguiente: Ejemplo: gerente general, subgerente, director financiero, director talento humano director de operaciones, director comercial y director de calidad.

PAR.—De los cargos mencionados, tienen facultades para imponer sanciones disciplinarias a los trabajadores de la empresa: Ejemplo: el gerente y el director de talento humano.

CAPÍTULO XI
Labores prohibidas para mujeres y menores
ART. 40.—Queda  prohibido emplear a los menores de dieciocho (18) años y a las mujeres en trabajo de pintura industrial, que entrañen el empleo de la cerusa, del sulfato de plomo o de cualquier otro producto que contenga dichos pigmentos. Las mujeres sin distinción de edad y los menores de dieciocho (18) años no pueden ser empleados en trabajos subterráneos de las minas ni en general trabajar en labores peligrosas, insalubres o que requieran grandes esfuerzos (CST, art. 242, ords. 2º y 3º).

ART. 41.—Los menores no podrán ser empleados en los trabajos que a continuación se enumeran, por cuanto suponen exposición severa a riesgos para su salud o integridad física:
1. Trabajos que tengan que ver con sustancias tóxicas o nocivas para la salud.
2. Trabajos a temperaturas anormales o en ambientes contaminados o con insuficiente ventilación.
3. Trabajos subterráneos de minería de toda índole y en los que confluyen agentes nocivos, tales como contaminantes, desequilibrios térmicos, deficiencia de oxígeno a consecuencia de la oxidación o la gasificación.
4. Trabajos donde el menor de edad está expuesto a ruidos que sobrepasen ochenta (80) decibeles.
5. Trabajos donde se tenga que manipular con sustancias radiactivas, pinturas luminiscentes, rayos X, o que impliquen exposición a radiaciones ultravioletas, infrarrojas y emisiones de radiofrecuencia.
6. Todo tipo de labores que impliquen exposición a corrientes eléctricas de alto voltaje.
7. Trabajos submarinos.
8. Trabajo en basurero o en cualquier otro tipo de actividades donde se generen agentes biológicos patógenos.
9. Actividades que impliquen el manejo de sustancias explosivas, inflamables o cáusticas.
10. Trabajos en pañoleros o fogoneros, en los buques de transporte marítimo.
11. Trabajos en pintura industrial que entrañen el empleo de la cerusa, del sulfato de plomo o de cualquier otro producto que contenga dichos elementos.
12. Trabajos en máquinas esmeriladoras, afilado de herramientas, en muelas abrasivas de alta velocidad y en ocupaciones similares.
13. Trabajos en altos hornos, horno de fundición de metales, fábrica de acero, talleres de laminación, trabajos de forja, y en prensa pesada de metales.
14. Trabajos y operaciones que involucren la manipulación de cargas pesadas.
15. Trabajos relacionados con cambios de correas de transmisión, aceite, engrasado y otros trabajos próximos a transmisiones pesadas o de alta velocidad.
16. Trabajos en cizalladoras, cortadoras, laminadoras, tornos, fresadoras, troqueladoras, otras máquinas particularmente peligrosas.
17. Trabajos de vidrio y alfarería, trituración y mezclado de materia prima, trabajo de hornos, pulido y esmerilado en seco de vidriería, operaciones de limpieza por chorro de arena, trabajo en locales de vidriado y grabado, trabajos en la industria cerámica.
18. Trabajo de soldadura de gas y arco, corte con oxígeno en tanques o lugares confinados, en andamios o en molduras precalentadas.
19. Trabajos en fábricas de ladrillos, tubos y similares, moldeado de ladrillos a mano, trabajo en las prensas y hornos de ladrillos.
20. Trabajo en aquellas operaciones y/o procesos en donde se presenten altas temperaturas y humedad.
21. Trabajo en la industria metalúrgica de hierro y demás metales, en las operaciones y/o procesos donde se desprenden vapores o polvos tóxicos y en plantas de cemento.
22. Actividades agrícolas o agroindustriales que impliquen alto riesgo para la salud.
23. Las demás que señalen en forma específica los reglamentos del Ministerio de la Protección Social.

PAR.—Los trabajadores menores de 18 años y mayores de catorce 14, que cursen estudios técnicos en el Servicio Nacional de Aprendizaje o en un instituto técnico especializado reconocido por el Ministerio de Educación Nacional o en una institución del sistema nacional de bienestar familiar autorizada para el efecto por el Ministerio de la Protección Social, o que obtenga el certificado de aptitud profesional expedido por el Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA”, podrán ser empleados en aquellas operaciones, ocupaciones o procedimientos señalados en este artículo, que a juicio del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, pueden ser desempeñados sin grave riesgo para la salud o la integridad física del menor mediante un adecuado entrenamiento y la aplicación de medidas de seguridad que garanticen plenamente la prevención de los riesgos anotados. Quedan prohibidos a los trabajadores menores de 18 años todo trabajo que afecte su moralidad. En especial le está prohibido el trabajo en casas de lenocinio y demás lugares de diversión donde se consuman bebidas alcohólicas. De igual modo se prohíbe su contratación para la reproducción de escenas pornográficas, muertes violentas, apología del delito u otros semejantes (D. 2737/89, arts. 245 y 246).

Queda prohibido el trabajo nocturno para los trabajadores menores, no obstante los mayores de dieciséis (16) años y menores de dieciocho (18) años podrán ser autorizados para trabajar hasta las ocho (8) de la noche siempre que no se afecte su asistencia regular en un centro docente, ni implique perjuicio para su salud física o moral (D. 2737/89, art. 243) .

CAPÍTULO XII
Obligaciones especiales para la empresa y los trabajadores

ART. 42.—Son obligaciones especiales del empleador:
1. Poner a disposición de los trabajadores, salvo estipulaciones en contrario, los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias para la realización de las labores.
2. Procurar a los trabajadores locales apropiados y elementos adecuados de protección contra accidentes y enfermedades profesionales en forma que se garanticen razonablemente la seguridad y la salud.
3. Prestar de inmediato los primeros auxilios en caso de accidentes o enfermedad. Para este efecto, el establecimiento mantendrá lo necesario según reglamentación de las autoridades sanitarias.
4. Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos.
5. Guardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador y sus creencias y sentimientos.
6. Conceder al trabajador las licencias necesarias para los fines y en los términos indicados en el artículo 24 de este reglamento.
7. Dar al trabajador que lo solicite, a la expiración del contrato, una certificación en que conste el tiempo de servicio, índole de la labor y salario devengado, e igualmente si el trabajador lo solicita, hacerle practicar examen sanitario y darle certificación sobre el particular, si al ingreso o durante la permanencia en el trabajo hubiere sido sometido a examen médico. Se considerará que el trabajador por su culpa elude, dificulta o dilata el examen, cuando transcurridos 5 días a partir de su retiro no se presenta donde el médico respectivo para las prácticas del examen, a pesar de haber recibido la orden correspondiente.
8. Pagar al trabajador los gastos razonables de venida y regreso, si para prestar su servicio lo hizo cambiar de residencia, salvo si la terminación del contrato se origina por culpa o voluntad del trabajador.
Si el trabajador prefiere radicarse en otro lugar, el empleador le debe costear su traslado hasta concurrencia de los gastos que demandaría su regreso al lugar donde residía anteriormente. En los gastos de traslado del trabajador se entienden comprendidos los familiares que con él convivieren.
9. Abrir y llevar al día los registros de horas extras.
10. Conceder a las trabajadoras que estén en período de lactancia los descansos ordenados por el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo.
11. Conservar el puesto a los trabajadores que estén disfrutando de los descansos remunerados, a que se refiere el numeral anterior, o de licencia de enfermedad motivada por el embarazo o parto. No producirá efecto alguno el despido que el empleador comunique a la trabajadora en tales períodos o que si acude a un preaviso, este expire durante los descansos o licencias mencionadas.
12. Llevar un registro de inscripción de todas las personas menores de edad que emplee, con indicación de la fecha de nacimiento de las mismas.
13. Cumplir este reglamento y mantener el orden, la moralidad y el respeto a las leyes.
14. Además de las obligaciones especiales a cargo del empleador, este garantizará el acceso del trabajador menor de edad a la capacitación laboral y concederá licencia no remunerada cuando la actividad escolar así lo requiera. Será también obligación de su parte, afiliarlo al Sistema de Seguridad Social Integral, suministrarles cada 4 meses en forma gratuita, un par de zapatos y un vestido de labor, teniendo en cuenta que la remuneración mensual sea hasta dos veces el salario mínimo vigente en la empresa (CST, art. 57).

ART. 43.—Son obligaciones especiales del trabajador:
1. Realizar personalmente la labor en los términos estipulados; observar los preceptos de este reglamento, acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de manera particular le imparta la empresa o sus representantes según el orden jerárquico establecido.
2. No comunicar a terceros salvo autorización expresa las informaciones que sean de naturaleza reservada y cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios a la empresa, lo que no obsta para denunciar delitos comunes o violaciones del contrato o de las normas legales de trabajo ante las autoridades competentes.
3. Conservar y restituir en buen estado, salvo deterioro natural, los instrumentos y útiles que les hayan facilitado y las materias primas sobrantes.
4. Guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros.
5. Comunicar oportunamente a la empresa las observaciones que estimen conducentes a evitarle daño y perjuicios.
6. Prestar la colaboración posible en caso de siniestro o riesgo inminentes que afecten o amenacen las personas o las cosas de la empresa.
7. Observar las medidas preventivas higiénicas prescritas por el médico de la empresa o por las autoridades del ramo y observar con suma diligencia y cuidados las instrucciones y órdenes preventivas de accidentes o de enfermedades profesionales.
8. Registrar en las oficinas de la empresa su domicilio y dirección y dar aviso oportuno de cualquier cambio que ocurra (CST, art. 58).

ART. 44.—Se prohíbe a la empresa:
1. Deducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero que corresponda a los trabajadores sin autorización previa escrita de estos, para cada caso y sin mandamiento judicial, con excepción de los siguientes:
a) Respecto de salarios pueden hacerse deducciones, retenciones o compensaciones en los casos autorizados por los artículos 113, 150, 151, 152 y 400 del Código Sustantivo de Trabajo.
b) Las cooperativas pueden ordenar retenciones hasta del cincuenta por ciento (50%) de salarios y prestaciones, para cubrir sus créditos, en la forma y en los casos en que la ley los autorice.
c) El Banco Popular, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 24 de 1952, puede igualmente ordenar retenciones hasta de un cincuenta por ciento (50%) de salario y prestaciones, para cubrir sus créditos en la forma y en los casos en que la ley lo autoriza, y
d) En cuanto a la cesantía y las pensiones de jubilación, la empresa puede retener el valor respectivo en los casos del artículo 250 del Código Sustantivo de Trabajo.

2. Obligar en cualquier forma a los trabajadores a comprar mercancías o víveres en almacenes que establezca la empresa.

3. Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación para que se admita en el trabajo o por motivo cualquiera que se refiera a las condiciones de este.

4. Limitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores el ejercicio de su derecho de asociación.
5. Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político o dificultarles o impedirles el ejercicio del derecho al sufragio.
6. Hacer o autorizar propaganda política en los sitios de trabajo.
7. Hacer o permitir todo género de rifas, colectas o suscripciones en los mismos sitios.
8. Emplear en las certificaciones de que trata el ordinal 7º del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo signos convencionales que tiendan a perjudicar a los interesados o adoptar el sistema de “lista negra”, cualquiera que sea la modalidad que se utilice para que no se ocupe en otras empresas a los trabajadores que se separen o sean separados del servicio.
9. Cerrar intempestivamente la empresa. Si lo hiciera además de incurrir en sanciones legales deberá pagar a los trabajadores los salarios, prestaciones, o indemnizaciones por el lapso que dure cerrada la empresa. Así mismo cuando se compruebe que el empleador en forma ilegal ha retenido o disminuido colectivamente los salarios a los trabajadores, la cesación de actividades de estos, será imputable a aquél y les dará derecho a reclamar los salarios correspondientes al tiempo de suspensión de labores.
10. Despedir sin justa causa comprobada a los trabajadores que les hubieren presentado pliego de peticiones desde la fecha de presentación del pliego y durante los términos legales de las etapas establecidas para el arreglo del conflicto.
11. Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los trabajadores o que ofenda su dignidad (CST, art. 59).

ART. 45.—Se prohíbe a los trabajadores:
1. Sustraer de la fábrica, taller o establecimiento los útiles de trabajo, las materias primas o productos elaborados sin permiso de la empresa.
2. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcótico o de drogas enervantes.
3. Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo a excepción de las que con autorización legal puedan llevar los celadores.
4. Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso de la empresa, excepto en los casos de huelga, en los cuales deben abandonar el lugar de trabajo.
5. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover suspensiones intempestivas del trabajo e incitar a su declaración o mantenimiento, sea que se participe o no en ellas.
6. Hacer colectas, rifas o suscripciones o cualquier otra clase de propaganda en los lugares de trabajo.
7. Coartar la libertad para trabajar o no trabajar o para afiliarse o no a un sindicato o permanecer en él o retirarse.
8. Usar los útiles o herramientas suministradas por la empresa en objetivos distintos del trabajo contratado (CST, art. 60).

CAPÍTULO XIII
Escala de faltas y sanciones disciplinarias

ART. 46.—La empresa no puede imponer a sus trabajadores sanciones no previstas en este reglamento, en pactos, convenciones colectivas, fallos arbitrales o en el contrato de trabajo (CST, art. 114).

ART. 47—Se establecen las siguientes clases de faltas leves, y sus sanciones disciplinarias, así:

a) El retardo hasta de quince (15) minutos en la hora de entrada sin excusa suficiente, cuando no cause perjuicio de consideración a la empresa, implica por primera vez, multa de la décima parte del salario de un día; por la segunda vez, multa de la quinta parte del salario de un día; por tercera vez suspensión en el trabajo en la mañana o en la tarde según el turno en que ocurra, y por cuarta vez suspensión en el trabajo por tres días.
b) La falta en el trabajo en la mañana, en la tarde o en el turno correspondiente, sin excusa suficiente cuando no causa perjuicio de consideración a la empresa, implica por primera vez suspensión en el trabajo hasta por tres días y por segunda vez suspensión en el trabajo hasta por ocho días.
c) La falta total al trabajo durante el día sin excusa suficiente, cuando no cause perjuicio de consideración a la empresa, implica, por primera vez, suspensión en el trabajo hasta por ocho días y por segunda vez, suspensión en el trabajo hasta por dos meses.
d) La violación leve por parte del trabajador de las obligaciones contractuales o reglamentarias implica por primera vez, suspensión en el trabajo hasta por ocho días y por segunda vez suspensión en el trabajo hasta por 2 meses.

La imposición de multas no impide que la empresa prescinda del pago del salario correspondiente al tiempo dejado de trabajar. El valor de las multas se consignará en cuenta especial para dedicarse exclusivamente a premios o regalos para los trabajadores del establecimiento que más puntual y eficientemente, cumplan sus obligaciones.

ART. 48.—Constituyen faltas graves:
a) El retardo hasta de 15 minutos en la hora de entrada al trabajo sin excusa suficiente, por quinta vez.
b) La falta total del trabajador en la mañana o en el turno correspondiente, sin excusa suficiente, por tercera vez.
c) La falta total del trabajador a sus labores durante el día sin excusa suficiente, por tercera vez.
d) Violación grave por parte del trabajador de las obligaciones contractuales o reglamentarias.
Procedimientos para comprobación de faltas y formas de aplicación de las sanciones disciplinarias

ART. 49.—Antes de aplicarse una sanción disciplinaria, el empleador deberá oír al trabajador inculpado directamente y si este es sindicalizado deberá estar asistido por dos representantes de la organización sindical a que pertenezca. En todo caso se dejará constancia escrita de los hechos y de la decisión de la empresa de imponer o no, la sanción definitiva (CST, art. 115).

ART. 50.—No producirá efecto alguno la sanción disciplinaria impuesta con violación del trámite señalado en el anterior artículo (CST, art. 115).

CAPÍTULO XIV
Reclamos: personas ante quienes deben presentarse y su tramitación

ART. 51.—Los reclamos de los trabajadores se harán ante la persona que ocupe en la empresa el cargo de: Ejemplo: gerente, subgerente, quien los oirá y resolverá en justicia y equidad (diferente del que aplica las sanciones).

ART. 52.—Se deja claramente establecido que para efectos de los reclamos a que se refieren los artículos anteriores, el trabajador o trabajadores pueden asesorarse del sindicato respectivo.
PAR.—En la empresa .SPA LIB no existen prestaciones adicionales a las legalmente obligatorias.

CAPÍTULO XV
Publicaciones

ART. 53.—Dentro de los quince (15) días siguientes al de la notificación de la resolución aprobatoria del presente reglamento, el empleador debe publicarlo en el lugar de trabajo, mediante la fijación de dos (2) copias de caracteres legibles, en dos (2) sitios distintos. Si hubiere varios lugares de trabajo separados, la fijación debe hacerse en cada uno de ellos. Con el reglamento debe fijarse la resolución aprobatoria (CST, art. 120).

CAPÍTULO XVI
Vigencia

ART. 54.—El presente reglamento entrará a regir 8 días después de su publicación hecha en la forma prescrita en el artículo anterior de este reglamento (CST, art. 121).

CAPÍTULO XVII
Disposiciones finales

ART. 55.—Desde la fecha que entra en vigencia este reglamento, quedan sin efecto las disposiciones del reglamento que antes de esta fecha haya tenido la empresa.

CAPÍTULO XVIII
Cláusulas ineficaces

ART. 56.—No producirán ningún efecto las cláusulas del reglamento que desmejoren las condiciones del trabajador en relación con lo establecido en las leyes, contratos individuales, pactos, convenciones colectivas o fallos arbitrales los cuales sustituyen las disposiciones del reglamento en cuanto fueren más favorables al trabajador (CST, art. 109).

CAPÍTULO XIX
Mecanismos de prevención del abuso laboral y procedimiento interno de solución

ART. 57.—Los mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral previstos por la empresa constituyen actividades tendientes a generar una conciencia colectiva convivente, que promueva el trabajo en condiciones dignas y justas, la armonía entre quienes comparten vida laboral empresarial y el buen ambiente en la empresa y proteja la intimidad, la honra, la salud mental y la libertad de las personas en el trabajo.

ART. 58.—En desarrollo del propósito a que se refiere el artículo anterior, la empresa ha previsto los siguientes mecanismos (a título de ejemplo):
1. Información a los trabajadores sobre la Ley 1010 de 2006, que incluya campañas de divulgación preventiva, conversatorios y capacitaciones sobre el contenido de dicha ley, particularmente en relación con las conductas que constituyen acoso laboral, las que no, las circunstancias agravantes, las conductas atenuantes y el tratamiento sancionatorio.
2. Espacios para el diálogo, círculos de participación o grupos de similar naturaleza para la evaluación periódica de vida laboral, con el fin de promover coherencia operativa y armonía funcional que faciliten y fomenten el buen trato al interior de la empresa.
3. Diseño y aplicación de actividades con la participación de los trabajadores, a fin de:
a) Establecer, mediante la construcción conjunta, valores y hábitos que promuevan vida laboral convivente;
b) Formular las recomendaciones constructivas a que hubiere lugar en relación con situaciones empresariales que pudieren afectar el cumplimiento de tales valores y hábitos y
c) Examinar conductas específicas que pudieren configurar acoso laboral u otros hostigamientos en la empresa, que afecten la dignidad de las personas, señalando las recomendaciones correspondientes.
4. Las demás actividades que en cualquier tiempo estableciere la empresa para desarrollar el propósito previsto en el artículo anterior.
ART. 59.—Para los efectos relacionados con la búsqueda de solución de las conductas de acoso laboral, se establece el siguiente procedimiento interno con el cual se pretende desarrollar las características de confidencialidad, efectividad y naturaleza conciliatoria señaladas por la ley para este procedimiento (a título de ejemplo):
1. La empresa tendrá un comité (u órgano de similar tenor), integrado en forma bipartita, por un representante de los trabajadores y un representante del empleador o su delegado. Este comité se denominará "comité de convivencia laboral".
2. El comité de convivencia laboral realizará las siguientes actividades:
a) Evaluar en cualquier tiempo la vida laboral de la empresa en relación con el buen ambiente y la armonía en las relaciones de trabajo, formulando a las áreas responsables o involucradas, las sugerencias y consideraciones que estimare necesarias.
b) Promover el desarrollo efectivo de los mecanismos de prevención a que se refieren los artículos anteriores.
c) Examinar de manera confidencial, cuando a ello hubiere lugar, los casos específicos o puntuales en los que se planteen situaciones que pudieren tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral.
d) Formular las recomendaciones que se estimaren pertinentes para reconstruir, renovar y mantener vida laboral convivente en las situaciones presentadas, manteniendo el principio de la confidencialidad en los casos que así lo ameritaren.
e) Hacer las sugerencias que considerare necesarias para la realización y desarrollo de los mecanismos de prevención, con énfasis en aquellas actividades que promuevan de manera más efectiva la eliminación de situaciones de acoso laboral, especialmente aquellas que tuvieren mayor ocurrencia al interior de la vida laboral de la empresa.
f) Atender las conminaciones preventivas que formularen los inspectores de trabajo en desarrollo de lo previsto en el numeral 2º del artículo 9º de la Ley 1010 de 2006 y disponer las medidas que se estimaren pertinentes.
g) Las demás actividades inherentes o conexas con las funciones anteriores.
3. Este comité se reunirá por lo menos, designará de su seno un coordinador ante quien podrán presentarse las solicitudes de evaluación de situaciones eventualmente configurantes de acoso laboral con destino al análisis que debe hacer el comité, así como las sugerencias que a través del comité realizaren los miembros de la comunidad empresarial para el mejoramiento de la vida laboral.
4. Recibidas las solicitudes para evaluar posibles situaciones de acoso laboral, el comité en la sesión respectiva las examinará, escuchando, si a ello hubiere lugar, a las personas involucradas; construirá con tales personas la recuperación de tejido convivente, si fuere necesario; formulará las recomendaciones que estime indispensables y, en casos especiales, promoverá entre los involucrados compromisos de convivencia.
5. Si como resultado de la actuación del comité, este considerare prudente adoptar medidas disciplinarias, dará traslado de las recomendaciones y sugerencias a los funcionarios o trabajadores competentes de la empresa, para que adelanten los procedimientos que correspondan de acuerdo con lo establecido para estos casos en la ley y en el presente reglamento.
6. En todo caso, el procedimiento preventivo interno consagrado en este artículo, no impide o afecta el derecho de quien se considere víctima de acoso laboral para adelantar las acciones administrativas y judiciales establecidas para el efecto en la Ley 1010 de 2006.

Fecha: 10/04/2012
Dirección: calle 21 A ESTE 14C17 MZ U casa # 29  la esperanza 2da etapa

Ciudad: Villavicencio
Departamento: Reta
Representante legal: Yudith Linares garcés